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Preguntas Frecuentes
1-Ser mayor de edad
2-En el caso de los extranjeros tener residencia definitiva (no sirve el documento en trámite)
3-Salud física compatible.
4-Condiciones psicológicas compatibles.
5-No tener antecedentes penales (ninguna anotación).
6-Tener 4°medio rendido.
1-Certificado de estudios original o legalizado mínimo 8°basico.
2-Certificado médico que indique “APTO PARA GUARDIA DE SEGURIDAD”
3-Certificado otorgado por la Gobernación Provincial correspondiente a su domicilio, de no haber sido sancionado conforme a la Ley N° 19.327, de los derechos y deberes en los espectáculos de futbol profesional, y su reglamento.
4- Copia Cedula de Identidad por ambos lados. La fotocopia simple debe ser legible y Vigente.
5-Certificado de Antecedentes.
El certificado debe ser PARA FINES ESPECIALES sin ninguna anotación o antecedente.
6-Certificado de situación militar al día no excluyente.
7 En el caso de los extranjeros deben: manejar el idioma castellano y tener residencia definitiva conforme al Artículo 5 N°12 del decreto 867 además del certificado de educación debe ser equivalente al 4°Medio en Chile.
8 Declaración jurada notarial, de no encontrarse formalizado, por alguno de los hechos descritos en el Artículo Quinto, numerales 6°,7°,8° y 9°, del Decreto N° 867, de fecha 17.03.2018 del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, que regula las nuevas exigencias en materias inherentes a la Seguridad Privada.
9 Certificado de Psicólogo o Psiquiatra que diga Tener condiciones físicas y psíquicas.
✅ 1- 👉 Certificado de estudios original o legalizado 8°basico. Se puede Obtener en la página www.ayudamineduc.cl solo están en esta plataforma los certificados del año 2006 hacia adelante.
✅ 2- 👉 Certificado médico que indique “APTO PARA GUARDIA DE SEGURIDAD”
📌 Se puede obtener en algún consultorio o médico particular, la única exigencia es que el profesional médico se encuentre registrado en el Registro Nacional de Prestadores individuales de salud, consignando claramente, el nombre completo, y RUT del facultativo. 📌
✔Si no conoce a algún médico le dejamos el número del doctor Moya- 63 2 299840. ✔
✅ 3- 👉 Copia Cedula de Identidad por ambos lados. La fotocopia simple debe ser legible y Vigente. ✔
✅ 4- 👉 Certificado de Antecedentes. “FINES ESPECIALES”
Se obtiene en el registro civil, también se puede descargar de la página www.registrocivil.cl y es gratis, con una vigencia no superior a treinta (30) días.
El certificado debe ser 📌 PARA FINES ESPECIALES 📌 sin ninguna anotación o antecedente. ✔
✅ 5 – 👉 Certificado del curso anterior. (Fotocopia). ✔
✅ 6 – 👉 Contrato de trabajo, si viene de alguna empresa. (Fotocopia legalizada ante notario). ✔
✅ 7 – 👉 Declaración jurada notarial, de no encontrarse formalizado, por alguno de los hechos descritos en el Artículo Quinto, numerales 6°,7°,8° y 9°, del Decreto N° 867, de fecha 17.03.2018 del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, que regula las nuevas exigencias en materias inherentes a la Seguridad Privada. ✔
📌 Este documento lo debe solicitar en nuestra oficina ingresar sus datos y luego legalizarlo en notaria. (Vigencia 30 días). 📌
✅ 8 – 👉 Certificado de Psicólogo o Psiquiatra que diga Tener condiciones físicas y psíquicas compatibles con las labores por desempeñar, especialmente en lo RELATIVO AL CONTROL DE IMPULSOS.
Mediante certificado emitido por el facultativo correspondiente, se acreditará que los servicios de seguridad prestados por la persona no pondrán en riesgo su integridad física o la de terceros, aun potencialmente.
Cabe señalar que el profesional que extienda dicho certificado se encuentre registrado en el Registro Nacional de Prestadores individuales de salud, consignando claramente, el nombre completo, y RUT del facultativo. ✔
📌 Si conoce a algún profesional de esta especialidad lo puede ver directamente de lo contrario le dejamos, números de dos psicólogas y un psicólogo: 📌
Gina Torres +56 9 94918647.
Viviana Marcos +56 9 71085857.
Matías López + 56935648314.
✅ 9 – 👉 Certificado otorgado por la Gobernación Provincial correspondiente a su domicilio, de no haber sido sancionado conforme a la Ley N° 19.327, de los derechos y deberes en los espectáculos de futbol profesional, y su reglamento.
Centros Comerciales-Supermercados-Tiendas-Malls-Centros de Salud públicos y privados-Farmacias-Locales Nocturnos-Joyerías-Casinos de Juegos-Centros de Pago-Bodegas-Centros Educacionales-Edificios y/o Condominios-Constructoras-Eventos Masivos-Otros.